ADMINISTRACIÓN DE FINCAS
1
Constitución de la comunidad y redacción de los estatutos.
Convocar junta general de constitución, celebrar la junta de constitución, redactar el acta y registrar/legalizar el libro de actas de la comunidad de propietarios.
2
Toma de decisiones necesarias para conservar los bienes y garantizar el funcionamiento correcto de los servicios de la comunidad. (Previo consenso con la junta o presidente)
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Negociar contratos con los proveedores para mantener las instalaciones de la finca administrada garantizando la mejor relación calidad precio.
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Adecuar las instalaciones de la comunidad a la legalidad vigente, inspecciones técnicas de las instalaciones, aparatos elevadores, baja tensión, habitabilidad, seguridad en materia contra incendios
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Gestión de incidencias diarias en la finca.
3
Velar por que los propietarios cumplan las obligaciones y hacerles las advertencias pertinentes.
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Debido a la especialización en materia de propiedad horizontal de este despacho, velará por los intereses de la comunidad y de sus comuneros prestando asesoramiento conforme a la ley de propiedad horizontal, los estatutos y normas de régimen interno, las ordenanzas municipales, etc.
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Igualmente se requerirá judicial y extrajudicialmente a los infractores para el cumplimiento de las obligaciones comunes, ya sea por el impago de las cuotas como el incumplimiento de las normas.
4
Preparación de cuentas anuales del ejercicio precedente y el presupuesto.
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Contabilidad mensual de gastos e ingresos de la comunidad de propietarios.
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Presentación de cuentas anuales: Cierre de ejercicio, liquidación de saldos, balance de gastos e ingresos, comparativo real entre el gasto presupuestado y gasto real.
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Celebración de juntas generales: Ordinarias para presentar el cierre contable, aprobar presupuesto del siguiente ejercicio, renovar los cargos de la junta de propietarios y administración y aprobar decisiones para el adecuado sostenimiento de la finca. Extraordinarias, cuando la urgencia de las cuestiones a tratar así lo requieran.
5
Ejecución de acuerdos adoptados en la junta de propietarios.
La administración ejecutará los acuerdos adoptados por la junta general en la forma y condiciones adoptados por la misma. Igualmente se hará cargo de gestionar.
6
Ejecución de las obras de conservación y reparación de carácter urgente, de todo lo cual debe dar cuenta inmediatamente a la presidencia y pagar, con autorización de la presidencia, los gastos de carácter urgente que pueden correr a cargo del fondo de reserva.
Cuando el carácter de urgente lo requiera, la administración con el deber de diligencia exigible ejecutará las obras necesarias para evitar un perjuicio a la comunidad o sus comuneros dando cuentas a la junta general a la mayor brevedad posible.